Nueva Directiva de Becas del Instituto Peruano de Energía Nuclear

Se comunica a los trabajadores de la Institución que mediante Resolución de Presidencia N° 124-19-IPEN/PRES de fecha 30 de mayo 2019, se ha aprobado la Directiva de Becas del IPEN, en la cual se regula la presentación, evaluación y selección de los candidatos para la obtención de becas de capacitación y/o entrenamiento, organizadas y auspiciadas por organismos de cooperación nacionales e internacionales.

Agradeceremos revisar la Directiva adjunta y tener en cuenta los procedimientos que a partir de la fecha deberán seguirse para presentar  candidaturas:

  • El servidor del IPEN interesado que cumple con los requisitos para acceder a la beca, presentará a su Director una solicitud expresando las razones para su postulación, de acuerdo al Anexo 1 de la Directiva, y adjuntará los documentos que sustenten su requerimiento.
  • El Director o Jefe del Órgano del IPEN del servidor postulante, remitirá a la Unidad de Recursos Humanos la solicitud del candidato de acuerdo al Anexo 3, para que informe sobre el estatus laboral del candidato, el periodo de prueba y si a la fecha de la postulación se encuentra con sanción administrativa disciplinaria vigente.
  • La Unidad de Recursos Humanos remitirá a CTAI-TTEC el expediente para que en calidad de Secretario del Comité elabore la agenda del Comité de Becas y convoque a reunión para la evaluación de las solicitudes recibidas de los candidatos, previa evaluación del perfil requerido y objetivos institucionales.
  • El Comité de Becas evaluará que los candidatos cumplan con los requisitos establecidos en la presente Directiva y los exigidos por los auspiciadores. Asimismo establecerá el orden de méritos, si hubiera más de un candidato, y enviará las candidaturas aprobadas al Oficial Nacional de Enlace (ONE), quien las remitirá al auspiciador.
  • En el caso de invitaciones para participar en reuniones de contrapartes de proyectos o puntos de contacto de grupos de trabajo en el campo nuclear, en representación de la entidad, el Comité de Becas se exime de la evaluación de aquellas solicitudes, siendo el Titular de la Entidad la instancia directa de su aprobación.

Una vez que el auspiciador informe sobre los candidatos aceptados, los becarios deberán entregar a CTAI los siguientes documentos, en un plazo máximo de 3 días calendario:

  1. Carta del Seguro Médico, de acuerdo al Anexo 4 de la Directiva.
  2. Carta del Fiador Solidario, de acuerdo al Anexo 5 de la Directiva.
  3. Pacto de Permanencia en el Trabajo y Compromisos por otorgamiento de beca de capacitación, de acuerdo al Anexo 6 de la Directiva.

La Directiva de Becas contiene también las obligaciones de los becarios y su compromiso al retorno de la capacitación, entre los cuales se encuentran:

  • Presentar a su Director el Informe Técnico de Capacitación, el mismo que incluye un Plan de Acción, los materiales impresos o en versión electrónica y una nota relacionada a su capacitación. El Director será el responsable de la evaluación y seguimiento del Plan de Acción, hasta su implementación. Una vez implementado informará al Titular sobre los logros obtenidos.
  • El Becario que incumpla con presentar el Informe Técnico de capacitación  no podrá participar en siguientes postulaciones y estará sujeto a las acciones administrativas a que hubiera lugar.
  • El Director del becario remitirá a CTAI los materiales impresos o electrónicos para su inclusión en el repositorio institucional, y la nota de capacitación alcanzada por el becario para su publicación en la Actualidad Institucional.
  • El becario deberá cumplir con los compromisos establecidos en el Acta del Comité de Becas.
  • El becario deberá remitir a la Unidad de Recursos Humanos, una copia de la constancia o certificación de la capacitación a efecto de incorporarlo dentro de su legajo.

Equipo de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales

Dirección de Transferencia Tecnológica

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